El patinete eléctrico. Un nuevo elemento en la movilidad de las ciudades
Los vehículos de movilidad personal, conocidos como VMP, se han convertido en un medio de transporte habitual en numerosas ciudades.
Entre ellos, el patinete eléctrico destaca como una alternativa para realizar desplazamientos urbanos de corta distancia.

Esta forma de movilidad ha llegado para quedarse. Por ello, es importante conocer qué vehículos tienen la consideración legal de VMP, qué requisitos deben cumplir para circular y cuáles son las principales infracciones que pueden cometer sus usuarios.
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¿Qué son los vehículos de movilidad personal?
Los vehículos de movilidad personal son vehículos de una o más ruedas, dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos.
Con carácter general, su velocidad máxima por diseño debe estar comprendida entre los 6 y los 25 km/h. Solamente pueden incorporar asiento o sillín cuando dispongan de un sistema de autoequilibrado.
No se consideran VMP los vehículos destinados a personas con movilidad reducida, las bicicletas eléctricas con pedaleo asistido que cumplan los requisitos legales ni los vehículos que, por sus características técnicas, deban ser considerados ciclomotores o vehículos a motor.
Cada vez son más las personas que utilizan el patinete eléctrico para desplazarse por la ciudad. Sin embargo, su integración en el tráfico urbano también plantea problemas de convivencia con peatones, ciclistas y conductores. Por esta razón, la normativa estatal establece unas reglas básicas, que pueden ser completadas por las ordenanzas municipales.
Tipos de vehículos de movilidad personal
Dentro de esta categoría pueden encontrarse diferentes diseños, siempre que cumplan las características técnicas establecidas legalmente:
Patinetes eléctricos
Son los VMP más habituales. Deben estar configurados para alcanzar una velocidad máxima de 25 km/h. La manipulación del vehículo para superar este límite puede hacer que deje de tener la consideración de VMP.
Monociclos eléctricos
Disponen de una sola rueda y de dos plataformas laterales sobre las que el usuario coloca los pies. Su conducción se controla mediante la inclinación y el equilibrio corporal.
Vehículos autoequilibrados
Son vehículos que utilizan sistemas electrónicos para mantener el equilibrio. Algunos modelos pueden incorporar una plataforma, dos ruedas laterales y un manillar.
Hoverboards
Son plataformas eléctricas autoequilibradas con dos ruedas, generalmente sin manillar. El movimiento y la frenada se controlan mediante la inclinación del cuerpo.
No todos los vehículos comercializados como scooters eléctricos, patinetes con asiento o dispositivos similares tienen necesariamente la consideración legal de VMP. Para determinar su clasificación deben revisarse sus características técnicas, velocidad, potencia, peso y sistema de propulsión.

Aunque los ayuntamientos pueden establecer normas específicas de circulación, existen unas reglas generales aplicables en todo el territorio nacional.
Por dónde pueden circular
Los VMP no pueden circular por:
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Aceras y zonas peatonales.
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Travesías.
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Autopistas y autovías.
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Vías interurbanas.
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Túneles urbanos.
Las ordenanzas municipales determinan las vías urbanas concretas por las que pueden circular, como calzadas, carriles bici u otras vías expresamente autorizadas.
Antes de utilizar un patinete eléctrico, conviene consultar la normativa del municipio, ya que puede establecer reglas adicionales sobre circulación, estacionamiento o acceso a determinadas zonas.
Velocidad máxima
La velocidad máxima por diseño de un VMP es de 25 km/h.
Los vehículos manipulados o alterados para superar esta velocidad pueden dejar de ser considerados VMP. En ese caso, su utilización podría exigir homologación, matriculación, permiso de conducción y otros requisitos propios de los vehículos a motor, dependiendo de sus características.
Alcohol y drogas
Los usuarios de VMP están sometidos a las tasas máximas de alcohol establecidas por la normativa de tráfico y a la prohibición de conducir con presencia de drogas en el organismo.
Un resultado positivo puede dar lugar a una sanción y a la inmovilización del vehículo.
Uso del teléfono móvil y auriculares
Está prohibido utilizar el teléfono móvil durante la conducción, así como llevar auriculares o dispositivos que reduzcan la atención necesaria para circular con seguridad.
Transporte de pasajeros
Los VMP están diseñados para una única persona. Por tanto, no se puede transportar a un segundo ocupante en el patinete.
Permiso de conducir
Actualmente no es necesario disponer de permiso o licencia de conducción para utilizar un VMP. No obstante, el vehículo debe cumplir todos los requisitos técnicos, registrales y de aseguramiento exigidos legalmente.

Registro obligatorio del patinete eléctrico
Los propietarios de vehículos personales ligeros deben inscribirlos en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico.
Una vez inscrito el vehículo, la DGT asigna un número identificativo y expide un certificado de inscripción. El propietario debe obtener y colocar en el patinete la correspondiente etiqueta identificativa.
La inscripción también es necesaria para contratar el seguro obligatorio.
Los VMP no certificados que fueron comercializados antes del 22 de enero de 2024 pueden seguir circulando, con carácter transitorio, hasta el 22 de enero de 2027. No obstante, también deben inscribirse y disponer de la correspondiente identificación.
Certificado de circulación
Los modelos de VMP comercializados desde el 22 de enero de 2024 deben estar certificados conforme al Manual de características de los vehículos de movilidad personal.
Este certificado acredita que el modelo cumple los requisitos técnicos establecidos por la DGT.
A partir del 22 de enero de 2027, solamente podrán circular los VMP que dispongan del correspondiente certificado de circulación.
Al comprar un patinete nuevo es recomendable comprobar que el modelo aparece en el listado de VMP certificados por la DGT y que dispone de la placa de marcaje y de la documentación técnica correspondiente.
Requisitos técnicos
Los VMP deben cumplir los requisitos establecidos en el Manual de características técnicas. Entre otros elementos, deben disponer de:
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Sistema de frenado.
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Dispositivo de advertencia acústica.
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Luces y elementos reflectantes delanteros y traseros.
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Sistema de estabilización durante el estacionamiento, cuando resulte exigible.
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Ruedas adecuadas y en buen estado.
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Marcaje de fábrica.
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Portaidentificador trasero.
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Sistemas que impidan superar la velocidad máxima permitida.
También es importante mantener correctamente la batería, los neumáticos, los frenos y los elementos de iluminación.
¿Es obligatorio asegurar un patinete eléctrico?
Sí. En 2026, los propietarios de vehículos personales ligeros deben contratar y mantener en vigor un seguro obligatorio de responsabilidad civil para cada vehículo.
El seguro tiene como finalidad cubrir los daños personales y materiales que puedan causarse a terceros como consecuencia de un accidente.
Para contratarlo, el patinete debe estar inscrito en el Registro de Vehículos de la DGT y disponer de su correspondiente etiqueta identificativa.
Circular sin el seguro obligatorio puede dar lugar a sanciones, a la inmovilización del vehículo y a que el responsable tenga que responder personalmente de los daños causados.
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Nuevas normas desde el 1 de octubre de 2026
El 1 de octubre de 2026 entrará en vigor una modificación del Reglamento General de Circulación que introduce nuevas obligaciones para los usuarios de VMP.
Desde esa fecha:
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La edad mínima para conducir un VMP será de 15 años.
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Será obligatorio utilizar casco de protección homologado o certificado.
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Durante la noche o cuando exista poca visibilidad deberá utilizarse un elemento luminoso o reflectante visible a una distancia mínima de 150 metros.
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Los profesionales que utilicen un VMP durante su actividad deberán llevar chaleco reflectante de alta visibilidad en los supuestos previstos por la norma.
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Se refuerza la obligación de utilizar el alumbrado del vehículo.
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La obligación de llevar el alumbrado encendido también durante el día será exigible a partir del 1 de octubre de 2027.
El incumplimiento de determinadas obligaciones, como las relativas al casco o a los elementos reflectantes, puede constituir infracción grave, sancionada con 200 euros conforme a la normativa de tráfico.
Multas relacionadas con los patinetes eléctricos
Las sanciones concretas pueden depender de la conducta cometida y de la ordenanza municipal correspondiente. Entre las infracciones más frecuentes se encuentran las siguientes:
Multa de hasta 100 euros
Transportar a más de una persona en un vehículo diseñado para una sola plaza puede ser sancionado con hasta 100 euros.
Cuando el infractor sea menor de 18 años, sus padres, tutores, acogedores o guardadores legales pueden responder solidariamente de la sanción económica.
Multas de 200 euros
Pueden sancionarse con 200 euros, entre otras conductas:
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Utilizar el teléfono móvil mientras se conduce.
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Circular utilizando auriculares.
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Circular por aceras o zonas peatonales.
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Incumplir la obligación de utilizar casco cuando sea exigible.
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Circular de noche sin alumbrado o sin los elementos reflectantes obligatorios.
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Incumplir las normas municipales de circulación cuando la conducta esté tipificada como infracción grave.
Multas por alcohol o drogas
Conducir con una tasa de alcohol superior a la permitida puede ser sancionado con entre 500 y 1.000 euros, dependiendo de la tasa y de las circunstancias.
Conducir con presencia de drogas en el organismo puede ser sancionado con 1.000 euros.
En ambos casos, el patinete puede ser inmovilizado.
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Patinetes manipulados
Manipular el patinete para que supere los 25 km/h puede hacer que el vehículo pierda la consideración de VMP.
En ese supuesto, además de la sanción correspondiente, pueden exigirse requisitos propios de otras categorías de vehículos y acordarse su inmovilización. La manipulación también puede afectar a la cobertura del seguro, especialmente cuando haya contribuido a causar o agravar un accidente.
Recomendaciones para circular con seguridad
Además de cumplir la normativa, Fundación CEA recomienda:
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Utilizar siempre casco, incluso antes de que sea obligatorio con carácter general.
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Revisar periódicamente los frenos, las ruedas y el sistema de iluminación.
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No manipular el motor ni el limitador de velocidad.
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Evitar circular bajo condiciones meteorológicas adversas.
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Reducir la velocidad en zonas con gran presencia de peatones.
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Señalizar las maniobras con suficiente antelación.
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Consultar la ordenanza municipal antes de circular.
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Comprobar que el patinete está certificado, registrado, identificado y asegurado.
El patinete eléctrico puede contribuir a una movilidad urbana más sostenible, pero su utilización exige responsabilidad. Conocer y respetar las normas es fundamental para proteger tanto a sus usuarios como al resto de personas que comparten el espacio público.
Nuria Manzano Baena - Directora del Departamento de Comunicación











