Fundación Comisariado Europeo del Automóvil

¿Qué vehículos están exentos de pagar el Impuesto de Matriculación?

En España, el impuesto de matriculación es un gravamen que se paga al adquirir un coche nuevo o usado que se matricule por primera vez en el país. Este impuesto se calcula en base a las emisiones contaminantes del vehículo. El importe del impuesto depende del nivel de emisiones de CO2 que el vehículo emita a la atmósfera, con la exención de este impuesto se intenta promover la compra de vehículos más ecológicos.

¿Qué vehículos están exentos de pagar el Impuesto de Matriculación?

Los vehículos cuyas emisiones de CO2 homologadas por el fabricante no superan los 120 gr/km están exentos del pago de este impuesto. El resto de vehículos pagarán, en función de su nivel de CO2, hasta el 14,75% de su base imponible, es decir, su precio antes de aplicar impuestos (precio franco fábrica y transporte).

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La tasa del impuesto de matriculación será mayor cuanto mayor sea el consumo de combustible del vehículo. Si optas por coches pequeños, con motores diésel, híbridos o eléctricos y/o con mecánicas de baja cilindrada y con poca potencia tendrás asegurado un pago más reducido o incluso te lo podrás ahorrar en su totalidad.

El impuesto de matriculación para coches, se divide en cuatro tramos:

  • 0%: Para emisiones inferiores o iguales a 120 gr/km CO2.

  • 4,75%: Para emisiones mayores de 120 gr/km CO2 y menores de 160 gr/km CO2.

  • 9,75%: Para emisiones mayores o iguales a 160 km/h y menores de 200 gr/km CO2.

  • 14,75%: Para emisiones mayores o iguales a 200 gr/km CO2.

Las familias numerosas tienen una bonificación del 50% en el pago del impuesto de matriculación. El pago del impuesto de matriculación se realiza en la Agencia Tributaria a través de los modelos 576, 06 o 05, según el caso, excepto para remolques.

Vehículos Eléctricos

Los vehículos eléctricos (VE) están completamente exentos del impuesto de matriculación en España. Esto incluye tanto a los coches eléctricos de batería (BEV) como a los vehículos eléctricos de autonomía extendida (REEV).

La principal razón de esta exención es fomentar la transición hacia una movilidad más sostenible y reducir la dependencia de los combustibles fósiles. Los vehículos eléctricos no emiten CO2 durante su uso, lo que contribuye a la mejora de la calidad del aire y a la reducción de la huella de carbono.

Vehículos Híbridos Enchufables (PHEV)

Los vehículos híbridos enchufables, que combinan un motor de combustión interna con un motor eléctrico y pueden ser recargados mediante una conexión a la red eléctrica, también pueden estar exentos del impuesto de matriculación si sus emisiones de CO2 son inferiores a un cierto umbral.

Estos vehículos ofrecen una transición intermedia entre los coches de combustión interna tradicionales y los vehículos completamente eléctricos. Al tener la capacidad de operar en modo completamente eléctrico durante ciertas distancias, contribuyen a la reducción de emisiones.

¿Qué vehículos están exentos de pagar el Impuesto de Matriculación?

Vehículos de Hidrógeno

Los vehículos que utilizan hidrógeno como fuente de energía, especialmente los vehículos de pila de combustible (FCEV), están exentos del impuesto de matriculación.

Al igual que los VE, los vehículos de hidrógeno no emiten CO2 ni otros contaminantes durante su uso, ya que solo emiten vapor de agua.

Vehículos de Uso Especial

Ciertos vehículos destinados a usos específicos, como ambulancias, vehículos de bomberos, coches fúnebres y vehículos para personas con movilidad reducida, están exentos del impuesto de matriculación.

La exención para estos vehículos se justifica por su utilidad pública y su papel esencial en la sociedad. Además, muchos de estos vehículos tienen un uso restringido y especializado que limita su impacto ambiental.

Vehículos Adaptados para Personas con Movilidad Reducida

Los vehículos adaptados para personas con movilidad reducida, incluyendo aquellos con rampas, elevadores u otras modificaciones, están exentos del impuesto de matriculación.

Esta exención se implementa para promover la inclusión y facilitar la movilidad de las personas con discapacidades, asegurando que puedan acceder a un transporte adecuado sin cargas fiscales adicionales.

Vehículos Clásicos e Históricos

Los vehículos considerados como clásicos o históricos, generalmente aquellos con más de 30 años de antigüedad y que han sido mantenidos en su estado original, pueden estar exentos del impuesto de matriculación.

Estos vehículos son valorados por su patrimonio histórico y cultural. Su uso es generalmente limitado a eventos especiales, exhibiciones y concentraciones de coches clásicos, lo que minimiza su impacto ambiental.

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La exención del impuesto de matriculación para ciertos vehículos en España refleja un equilibrio entre la promoción de tecnologías limpias, la facilitación de servicios esenciales y la conservación del patrimonio cultural. Estas exenciones no solo benefician a los propietarios, sino que también tienen un impacto positivo en la sociedad y el medio ambiente.

Los vehículos eléctricos, híbridos enchufables y de hidrógeno lideran la transición hacia una movilidad más sostenible, mientras que los vehículos de uso especial y adaptados para personas con movilidad reducida garantizan la eficiencia y la inclusión en el transporte. Los coches clásicos, por su parte, conservan el legado automovilístico.

A medida que la tecnología avanza y las políticas medioambientales evolucionan, es probable que veamos ajustes en estas exenciones para seguir incentivando la adopción de vehículos menos contaminantes y más eficientes, siempre con un enfoque en el bienestar social y ambiental.

Si tienes dudas o necesitas realizar la matriculación de tu vehículo y no sabes cómo hacerlo, desde la Gestoría CEA podemos ayudarte.

Olga Muñoz - Gestora 

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