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¿Qué vehículos están exentos de pagar el impuesto de circulación?

El Impuesto de Circulación, también conocido como Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), es un tributo obligatorio que deben pagar anualmente los propietarios de vehículos en España. Sin embargo, existen ciertas exenciones y bonificaciones que es importante conocer. En este artículo exploraremos en detalle qué vehículos están exentos de pagar este impuesto y cómo se aplica también el Impuesto de Matriculación.

¿Qué vehículos están exentos de pagar el Impuesto de Circulación?

Impuesto de Circulación

El Impuesto de Circulación es gestionado por los ayuntamientos y su importe varía según el municipio y las características del vehículo. Es crucial distinguirlo del Impuesto de Matriculación, que se paga una sola vez al adquirir un vehículo nuevo o usado que se matricule por primera vez en España.

Vehículos exentos del Impuesto de Circulación:

  1. Vehículos oficiales: Aquellos pertenecientes al Estado, comunidades autónomas y entidades locales destinados a la defensa nacional o seguridad ciudadana.

  2. Vehículos diplomáticos: Los de representaciones diplomáticas, oficinas consulares, agentes diplomáticos y funcionarios consulares de carrera acreditados en España.

  3. Vehículos de organismos internacionales: Los de organismos internacionales con sede u oficina en España y sus funcionarios con estatuto diplomático.

  4. Ambulancias y vehículos de asistencia sanitaria.

  5. Vehículos para personas con movilidad reducida: Aquellos adaptados para su uso por personas con discapacidad física.

  6. Autobuses urbanos adscritos al servicio de transporte público.

  7. Tractores y maquinaria agrícola: Provistos de Cartilla de Inspección Agrícola.

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Impuesto de matriculación

El impuesto de matriculación es un gravamen que se paga al adquirir un coches nuevo o usado que se matricule por primera vez en España. Se calcula en base a las emisiones de CO2 del vehículo.

El impuesto de matriculación para coches, se divide en cuatro tramos:

  • 0%: Emisiones inferiores o iguales a 120 g/km CO2.

  • 4,75%: Emisiones entre 121 y 159 g/km CO2.

  • 9,75%: Emisiones entre 160 y 199 g/km CO2.

  • 14,75%: Emisiones iguales o superiores a 200 g/km CO2.

Bonificaciones y consideraciones especiales

Bonificaciones y consideraciones especiales

Para reducir la carga fiscal al adquirir un vehículo nuevo, considera estas opciones:

  1. Opta por vehículos eléctricos o híbridos enchufables: Además de la exención en el Impuesto de Matriculación, muchos municipios ofrecen bonificaciones en el Impuesto de Circulación.

  2. Elige modelos con bajas emisiones: Vehículos pequeños o con motores de baja cilindrada suelen tener emisiones más bajas.

  3. Considera vehículos de gas: Algunos modelos de GLP o GNC pueden estar exentos o tener una tasa reducida.

  4. Infórmate sobre ayudas locales: Muchos ayuntamientos ofrecen incentivos adicionales para vehículos ecológicos.

El pago del Impuesto de Matriculación se realiza en la Agencia Tributaria a través de los modelos 576, 06 o 05, según el caso. Es importante realizar este trámite antes de matricular el vehículo. Para el Impuesto de Circulación, cada ayuntamiento establece sus propios plazos y métodos de pago. Muchos ofrecen la posibilidad de domiciliar el pago o realizarlo online para mayor comodidad.

Conocer las exenciones y bonificaciones en los impuestos relacionados con vehículos puede suponer un ahorro significativo. La tendencia hacia la movilidad sostenible se refleja en la estructura fiscal, favoreciendo a los vehículos menos contaminantes. Al planificar la compra de un vehículo, es fundamental considerar no solo el precio de adquisición, sino también la carga fiscal a largo plazo.

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Maribel Muñoz Villas - Coordinadora Europea de Movilidad

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